La declaración de uso real y efectivo de una marca registrada debe presentarse ante el IMPI durante los 3 meses posteriores al tercer aniversario del registro. Esta declaración, firmada bajo protesta de decir verdad, indica que la marca se usa en México para los productos registrados. De no presentarse esta declaración, el registro de la marca caducará y perderá protección legal.
Declaración de uso real y efectivo de marca o aviso comercial ante el IMPI
1. REGISTRO DE MARCA o
AVISO COMERCIAL:
Declaración de uso real y efectivo de
marca o aviso comercial ante el Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial
2. La persona que sea titular de una marca debe declarar
su uso real y efectivo, indicando los productos o
servicios específicos a los que ésta se aplica.
La declaración se presenta ante el Instituto Mexicano
de la Propiedad Industrial (IMPI) durante los 3 meses
posteriores, contados a partir de que se cumpla el tercer
año de haberse otorgado el registro*.
*Artículo 233 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
3. ¿Cómo se realiza la comprobación de uso?
Mediante una declaración firmada por el titular de la
marca o su representante legal a través de la que “declara
que usa dentro del territorio nacional el signo distintivo en los
productos o servicios” sobre los que se emplea y obtuvo el
registro su marca. (Homoclave del formato: IMPI-00-014)*
* El formato puede obtenerse en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/598120/IMPI-00-014.pdf
4. ¿Debo presentar pruebas para acreditar el uso real y
efectivo de la marca?
“No es necesario presentar pruebas para demostrar el
uso real y efectivo de la marca, toda vez que la
declaración de uso real y efectivo será presentada bajo
protesta de decir verdad”*.
* GARCÍA BARRAGÁN ABOGADOS: https://garbar.mx/noticias/75-declaracion-de-uso-real-
y-efectivo-de-los-registros-de-marcas-o-avisos-comerciales
5. ¿Por qué debo dar un aviso de uso de marca?
1.- Permite que la marca continúe con la protección del
registro ante el mercado mexicano.
2.- Ayuda al IMPI a liberar el registro de aquellas marcas
que no son usadas por sus titulares.
3.- La disposición aplica a todas aquellas marcas cuyo
aviso comercial fue posterior al 10 de agosto del año
2018.
6. ¿Qué pasa si no se realiza la declaración de uso de
marca?
Si el titular no declara el uso, el registro caducará de
pleno derecho, sin que se requiera de declaración por
parte del IMPI*, “lo que significa que la marca quedará sin
protección y se perderán los derechos de uso exclusivo de la
misma”**.
*Artículo 233 in fine de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
** https://www.tumarca.com/marcas/declaracionUsoMarca.htm
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